EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº4 DE ALCOY CONDENA A BANKIA POR LA OPS DE ACCIONES.

EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº4 DE ALCOY CONDENA A BANKIA POR LA OPS DE ACCIONES.

URIS RIERA ABOGADOS.
EL JUZGADO Nº4 DE ALCOY anula el contrato de suscripción de acciones de Bankia de un inversor representado por URIS RIERA Abogados.
La titular del Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Alcoy estima en su totalidad la demanda interpuesta por el letrado Mateo Uris Riera en representación del accionista demandante, condenando a la entidad a la restitución de la cantidad invertida más los intereses devengados, todo ello con la imposición de costas a Bankia.

De la sentencia se desprende que la incorrección, inveracidad, inexactitud o los errores contables sobre los datos publicitados en el folleto informativo de la OPS de Bankia, es concluyente para afirmar que la información financiera contable divulgada al público suscriptor, resultó inexacta e incorrecta, en aspectos relevantes y sustanciales, vulnerando la legislación del Mercado de Valores. Por tanto, esta vulneración sustenta la acción de nulidad por vicio del consentimiento, lo que supone la restitución de las prestaciones según la normativa del Código Civil.

La juez considera que en el caso del inversor representado por nuestro bufete, se le anuncia una situación de solvencia que no es real, con importantes beneficios cuando en realidad son pérdidas multi-millonarias. La información está confeccionada mediante un folleto supervisado por un organismo público que genera confianza y seguridad jurídica al inversor pero esta información nada tiene que ver con la situación financiera real de la entidad.

Se estima así la acción de nulidad condenando a Bankia a devolver a nuestro cliente el importe de la suscripción que asciende a 12.000 euros más los intereses legales de esta cuantía desde el momento de cargo en la cuenta del accionista y con la imposición de las costas a la entidad bancaria.

Desde el 27 de enero de 2016, con la sentencia del Tribunal Supremo que desestima los recursos de Bankia, los accionistas que no habían iniciado acciones judiciales para recuperar la inversión pueden todavía interponer demanda para recuperar su dinero siempre que respeten los plazos.

Nuestro despacho, experto en reclamaciones bancarias, aconseja la revisión de los contratos de suscripción de acciones de Bankia, así como inversiones en PREFERENTES, Cuotas Participativas CAM y aquellos productos de ahorro-inversión complejos tanto bancarios como de compañías de seguros. Asimismo aconsejamos la revisión de los préstamos hipotecarios con cláusulas abusivas como la CLÁUSULA SUELO. Puede realizar su consulta de forma gratuita.

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